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Almacenar Productos Químicos de Forma Segura

Almacenar Productos Químicos de Forma Segura

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¿En qué Casos se Aplica la APQ?

El reglamento APQ aplica en todos los almacenes que contengan productos químicos por encima de los límites que se indican en la tabla 1 del artículo 2:

La nueva normativa, sin embargo, es del año 2017 y, por tanto, todo almacenamiento químico legalizado antes de la entrada en vigor del actual decreto, no está obligado a cumplirlo. Por supuesto, en ESIDIN recomendamos adaptarse al nuevo reglamento incluso en instalaciones anteriores al 2017, puesto que la nueva normativa supone una mejora sustancial en la seguridad de las instalaciones.

Recuerde que este reglamento es específico para el almacenamiento. En caso de transporte de productos químicos y las estancias temporales en el recorrido, deberá ceñirse a normativas específicas de transporte, como por ejemplo el ADR/RID. Tampoco se tratan en el RAPQ los residuos. Todos los residuos son competencia del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, y la responsabilidad está trasladada a las Comunidades Autónomas. Para la gestión de los mismos deberá informarse en la región pertinente.

Un cambio importante supone la regulación del almacenamiento en tránsito. Es decir, aquellos productos que esperan en el muelle de carga o descarga a ser expedidos o recepcionados. El nuevo reglamento establece una excepción para estos almacenamientos temporales solo si el producto permanece en esta zona de paso durante un máximo de 72 horas seguidas, 8 días al mes y 36 días al año. Esta nueva directriz supone que el cálculo se haga por tipo de producto, no por unidad independiente. Así que, si trasladas un producto químico de manera recurrente, muy probablemente debas atenerte a la APQ también en tu zona de tránsito.

Una herramienta muy útil que compartimos con nuestros clientes es la calculadora del INSS, para saber si en su caso aplica la APQ o no. Solo debe introducir los datos de su stock de productos químicos y la calculadora le dará una respuesta y las recomendaciones oportunas.

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Información adicional

Con la entrada en vigor del RD656/2017 de almacenamiento de productos químicos se introduce una nueva instrucción técnica para recipientes móviles, en la cuál se define la necesidad de disponer de un Inspector Propio para realizar una revisión anual obligatoria.

Toda empresa que almacene recipientes móviles (garrafas, bidones, GRG, etc…) según el Reglamento APQ, ha de realizar obligatoriamente, al menos, una revisión anual denominada “revisión periódica”.

La realización de esta revisión periódica puede ser llevada a cabo por personal propio de la empresa, para lo cual es preciso designar a un inspector propio.

El Real Decreto 656/2017 establece la obligatoriedad de realizar revesiones e inspecciones al almacenamiento de Productos Químicos, aquí surge la figura del Inspector Propio APQ Productos Químicos.

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